BARCELONA, 14 Feb.
La Comisión de Ecología, Urbanismo, Infraestructuras y Movilidad de Barcelona ha aprobado en un inicio la modificación de la ordenanza de circulación de viandantes y automóviles, que contempla la obligatoriedad del empleo de casco para conducir patinetes eléctricos.
El Gobierno municipal inició la tramitación este enero para amoldarla al marco normativo estatal y este martes pasó el primer trámite en la Comisión con los votos en pos de los conjuntos del gobierno (BComú y PSC) y la abstención de ERC, Junts, Cs, PP, Valents, y la concejal no adscrita, Marilén Barceló.
Tras la aprobación inicial, deberá someterse a aprobación determinante: una votación sosprechada en el mes de abril, con lo que entraría en vigor desde mayo si se aprobase.
Según la ley de tráfico estatal, la circulación sin casco es una infracción grave (estas se tienen la posibilidad de multar hasta 200 euros, como ahora prevé la normativa de hoy), si bien la sanción determinante va a quedar fijada con el redactado final de la ordenanza.
A una parte de la obligatoriedad del casco, la modificación incluye que solo circule un individuo en el patinete y que ni estos automóviles ni las bicicletas logren circular por las aceras (una cuestión por la que en la actualidad se multa en Barcelona), excepto las ubicaciones singularmente habilitadas.
También prevé que los Vehículos de Movilidad Personal (VPM) incorporen un sistema de iluminación en la parte frontal y posterior y que integren la función de freno en la luz de atrás, tal como un avisador acústico, y los que llevan mercancías van a deber tener indicadores de dirección enfrente y detrás.
Además, para progresar la presente ordenanza prevén la obligatoriedad para los clientes de VPM y bicicletas de bajar del vehículo en ocasiones de aglomeración de peatones, y que los conductores menores de edad no logren circular con tasas de alcohol en sangre.