El tribunal piensa que puede dudarse de su imparcialidad por plantar a Torrent en el transcurso de un alegato sobre los presos del 1-O
BARCELONA, 1 Jul.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha estimado la recusación que presentó el exvicepresidente del Parlament Josep Costa contra el magistrado y presidente del tribunal Jesús María Barrientos en el la causa contra la Mesa que encabezaba el en este momento conseller Roger Torrent.
De esta forma, Barrientos va a deber "apartarse finalmente" de la causa que tiene el juicio agendado para los días 12, 13 y 14 de julio, según ha resuelto el tribunal en un coche consultado por Europa Press.
Costa recusó al magistrado explicando que no es ecuánime, y el tribunal ha recibido la solicitud por la reacción de Barrientos a lo largo del acto por la celebración de Sant Raimon de Penyafort en 2018, en el que Torrent denunció "la presencia de presos políticos acusados por delitos inexistentes de rebelión y sedición": el presidente del tribunal, como otras autoridades, salió de la salón.
El tribunal cree que este accionar puede ser fundamento de recusación en esta causa: Costa va a ser juzgado por una resolución del Parlament que precisamente se oponía a la sentencia del 1-O y demandaba "la independencia de los presos y presas políticas, el libre retorno de los asilados y el objetivo de la opresión".
Costa argumentó que Barrientos logró un "rechazo y una exhibe de aversión pública" al irse, y en este sentido el tribunal en este momento ha abordado si el magistrado cumplió con la obligación de fachada de imparcialidad y neutralidad.
"No vacilamos de la imparcialidad del excelentísimo señor Barrientos, pero que nosotros no dudemos no quiere decir que no existan serias y fundadas causas a fin de que el recusante esencialmente, y asimismo una parte de la sociedad, logren tenerlas", dicen los jueces, y piensan que su actitud al irse a lo largo del alegato puede comprenderse como un reproche hacia Torrent y al cargo que ocupaba.
En cambio, a lo largo del desarrollo de recusación Barrientos se ha defendido justificando que salió del acto "como una manifestación del ejercicio de sus funcionalidades institucionales entre aquéllas que está la defensa de la independencia del poder judicial".
La recusación a Barrientos que ha prosperado la presentó Costa y la suscribió el Secretario para la Administración de Justicia de la Generalitat, Eusebi Campdepadrós, asimismo enjuiciado en la causa.
En exactamente el mismo coche, los jueces rechazan el resto de recusaciones que se presentaron en la causa: la exmiembro de la Mesa Adriana Delgado asimismo contra Barrientos; y Costa además de esto recusó a los jueces Carlos Ramos y Carlos Mir.
Costa recusó a Barrientos explicando que no es ecuánime por cinco fundamentos: primeramente, cita una rueda de prensa del presidente del TSJC en el mes de marzo de 2019 que fue "prácticamente un aviso" de la condena al expresidente del Govern Quim Torra.
Respecto a esta rueda de prensa, el tribunal que ha recibido la recusación ten en cuenta que en la comparecencia Barrientos se mostró acorde con la resolución de la Junta Electoral Central de organizar sacar los nudos amarillos de inmuebles públicos por estar en intérvalo de tiempo electoral.
Sin embargo, los jueces no piensan que esto dé la razón a Costa en relación a la imparcialidad de Barrientos: recuerdan que la causa de la Mesa de Torrent no posee "nada que ver" con los nudos que sí protagonizaron la causa de Torra, que además de esto usó este razonamiento para procurar recusar sin éxito al magistrado en su juicio.
Los razonamientos de Costa asimismo tienen dentro que Barrientos fue escogido presidente del TSJC por "un órgano de carácter político como es" el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y que haya aceptado la demanda y desechado su recurso de súplica en contra, si bien el tribunal no cree que estos extremos afecten a la imparcialidad del magistrado.
Además, Costa cita una información publicada en medios sobre que Barrientos y el fiscal José Manuel Maza valoraron que "en relación a los integrantes del Govern y de la Mesa del Parlament contra los que se iba a enseñar una demanda, pensaban que era mejor llevar el tema fuera de Catalunya y para esto manejaban el delito de rebelión": el tribunal tampoco da valor a este razonamiento para sostener la recusación.