• martes 28 de marzo del 2023

Salud regulará los alimentos en máquinas expendedoras, cafeterías y comedores de centros de salud

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Establece que se va a deber ofrecer cumplimiento en máximo seis meses desde su entrada en vigor

BARCELONA, 16 Feb.

La Conselleria de Salud de la Generalitat fomentará el consumo de agua por medio de fuentes y regulará los alimentos y las bebidas saludables que se venden en las máquinas expendedoras, cafeterías y comedores de los centros de salud y centros sanitarios de la red de utilización pública (Siscat).

Lo va a hacer mediante una instrucción del Servei Català de la Salut, que va a entrar en vigor el primer día de la semana 20 de febrero, y está impulsada por la Agència de Salut Pública de Catalunya en el marco del Plan para la Promoción de Salud mediante la actividad física (Paas), informó este jueves el departamento en un aviso.

Salud ha subrayado que va a ser preciso ofrecer cumplimiento a la instrucción en "un período máximo" de seis meses desde su entrada en vigor, y en la situacion de contratos actuales en el transcurso de un período mayor a los seis meses desde la entrada en vigor, va a ser preciso cumplir lo que establece en el instante que termine el contrato.

En una entrevista del ya transcurrido mes de abril de 2022, la asesora de Salud Pública de la Generalitat, Carmen Cabezas, explicó que trabajaban en una instrucción que asegurase una oferta saludable en máquinas expendedoras de centros de salud públicos catalanes, y consideró "muy incoherente" que se tengan la posibilidad de comprar modelos como bollería.

La instrucción, avalada por distintas sociedades científicas, marca los criterios alimenticios y alimenticias para alimentos y bebidas envasadas, y prioriza los artículos con menos azúcares añadidos y sal, proporciones mucho más altas de fibra y mejor perfil de grasas insaturadas.

El propósito de Salud es asegurar que la oferta libre de alimentos y bebidas de las máquinas expendedoras, cafeterías y comedores laborales o libres a acompañantes de personas ingresadas sea "correcta y contribuya a una alimentación sana y sostenible".

En relación con los alimentos sólidos, sugiere ofrecer prioridad, por lo menos en el 75% de la oferta, a la fruta fría, las hortalizas fría, la fruta fría envasada, frutos secos, fruta deshidratada, tortitas de arroz, bastoncillos, bocadillos --predominantemente con pan integral--, sandwich --integrales--, leche, youghourts, caldos o purés de hortalizas, jugos de tomate, zanahoria y otras hortalizas y jugos cien%.

Sobre las bebidas, la instrucción apunta que es requisito asegurar el suministro de agua de la red de abastecimiento de agua bebible en todos y cada uno de los centros sanitarios catalanes, con condiciones higiénicas correctas y eludir los envases de plástico, bebidas calientes en las que se logre regular el contenido de azúcar hasta un máximo de 7,5 gramos por cien mililitros y bebidas refrescantes sin azúcares añadidos.

La instrucción de Salud asimismo señala que los alimentos saludables tienen que tener "mayor visibilidad", tanto en las vitrinas de las cafeterías de los centros sanitarios como en las máquinas expendedoras, y recalca que hay que eludir la existencia de alimentos no saludables al lado de las cajas y sitios de circuito obligatorio.

También marca que en la oferta de las máquinas expendedoras, cafeterías y comedores se integren siempre y en todo momento opciones de alimentos capaces para celiacos, y que hay que remover la propaganda de las máquinas expendedoras y, si es requisito, integrar mensajes que fomenten la alimentación sana.

La instrucción de Salud apunta que "no es requisito ni aconsejable" tener un servicio distribuidor de alimentos y bebidas en los centros de atención principal.

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