Barcelona, 1 de noviembre.
La Oficina Antifrau de Catalunya (OAC) ha expresado su deseo de que la nueva legislación que se perfila en el Govern de la Generalitat, destinada a salvaguardar a los denunciantes de corrupción, cuente con los recursos necesarios para garantizar esta protección efectivamente.
La directora adjunta de la OAC, Olinda Anía, compartió su perspectiva en una entrevista con Europa Press, donde destacó la importancia de incluir apoyos tanto financieros como psicológicos, lo cual exige no solo una regulación clara, sino también un respaldo presupuestario adecuado.
Anía subrayó la necesidad de definir los términos de "apoyo financiero" y "apoyo psicológico", cuestionando si se referiría a preservar el estatus económico del denunciante o simplemente a otorgar el salario mínimo interprofesional.
Señaló que con la implementación de la Ley 2/2023, que otorgó a la OAC las funciones de Autoridad Independiente de Protección del Informante, se había comprometido a que el Govern desarrollara una normativa focalizada en la protección de estos individuos. Este compromiso ha sido reafirmado por el presidente Illa, algo que la OAC valora de manera positiva.
En este contexto, Anía propuso que la nueva ley no solo garantice la protección de los alertadores, sino que también aclare los tipos de denuncias que podrán ser protegidas, contribuyendo así a fortalecer el interés público.
Además, abogó por otorgar a la OAC funciones más contundentes que las meras recomendaciones actuales y sugirió la inclusión de métodos alternativos de resolución de conflictos, como la mediación.
También propuso ampliar la protección a aquellos que han declarado en procesos judiciales o a quienes informaron sobre irregularidades a los Mossos, la Policía o la Fiscalía, situaciones que actualmente carecen de protección adecuada.
La legislación considera alertadores a quienes reporten irregularidades que impacten en el interés público y colaboren con autoridades en la lucha contra la corrupción. Sin embargo, la Ley 2/2023 establece que solo recibirán protección aquellas alertas que también impliquen infracciones hacia la Unión Europea, así como violaciones administrativas graves o delitos penales.
En la actualidad, 70 personas están bajo protección en Catalunya, pero deben haber informado a través de canales específicos y haber obtenido la información en el contexto laboral. La OAC dejó claro que no se otorgará protección si se detecta un conflicto meramente personal o si la denuncia carece de veracidad.
Las advertencias pueden realizarse por canales internos, siendo que todas las entidades privadas que cuenten con más de 50 empleados están obligadas a establecer sistemas de información que incluyan tales canales y medidas de protección para los denunciantes.
Por otro lado, también se pueden hacer denuncias a través de canales externos gestionados por la OAC, o mediante revelaciones públicas, siempre que se haya intentado previamente a través de canales internos y las autoridades no hayan tomado acciones respecto a la denuncia.
Si los requisitos se cumplen, la ley establece medidas de apoyo, como asesoría y ayuda efectiva, y, de ser asi, se inicia un expediente de protección. Si el denunciante lo solicita, la OAC puede emitir un certificado que lo reconozca como tal y pedir a la entidad que evalúe si existe riesgo de represalias.
Anía indicó que ha habido casos judiciales donde se ha declarado improcedente un despido basado en el contenido del informe emitido por la OAC, aunque aclaró que la Oficina no tiene la autoridad para cambiar situaciones o dictaminar la nulidad de acciones legales.
Las represalias que enfrentan los denunciantes van desde despidos hasta cambios perjudiciales en sus condiciones laborales, daños a su reputación, y restricciones en su desarrollo profesional.
En caso de que la jurisdicción laboral determine que un despido fue retaliatorio, la OAC tiene la autoridad para sancionar, pudiendo imponer multas que oscilan entre 600.000 y 1.000.000 euros para entidades que cometan infracciones severas.
La OAC ha ejercido ya esta capacidad en tres expedientes abiertos que aún están pendientes de resolución bajo la Ley 2/2023, siendo la única oficina en España con tal facultad.
Entre las instituciones que más denuncias presentan se encuentran los ayuntamientos, con un 42% de las 1.677 alertas recibidas en 2025; Anía recordó que en Catalunya existen 947 de estas administraciones locales, seguidas de entidades privadas que representan un 37% de las denuncias.
En cuanto al perfil de quienes denuncian, un 70% eligió hacerlo de forma anónima, una opción que ofrece una mayor protección, pero que limita la capacidad de la OAC para brindar respaldo a esos casos.
Anía sugirió que la ley estatal podría revisarse, para potenciar el rol de la autoridad en la prohibición de represalias, facilitando la posibilidad de requerir a entidades y tipificando incumplimientos como infracciones sancionables.
Asimismo, planteó la idea de eximir a los municipios de menos de 5.000 habitantes de la obligación de contar con sistemas internos de información, dado que el 77% de los 947 municipios de Catalunya tiene baja población.
Aseguró que sería prudente excluirlos o habilitar un sistema mancomunado, ya que las limitaciones de recursos en estos pequeños municipios hacen difícil asegurar la anonimidad de los denunciantes, sugiriendo además que se debería ampliar la protección a quienes administran los sistemas internos de información.
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