El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de amparo electoral presentado por Ciudadanos contra la candidatura de Carles Puigdemont a las elecciones catalanas del próximo 12 de mayo. Según la corte de garantías, no se ha vulnerado ningún derecho fundamental tutelable en amparo, por lo que no se admitirá a trámite.
Ciudadanos anunció en marzo su intención de impugnar la inscripción de Puigdemont en el censo electoral, argumentando que su residencia en Bélgica desde 2017 lo inhabilita para ser candidato en Cataluña. El expresidente catalán abandonó la región tras el referéndum ilegal del 1 de octubre.
El entonces secretario general de Ciudadanos, Adrián Vázquez, destacó que Puigdemont lleva siete años fugado y sin pisar Cataluña, lo que, según la formación, le quita la condición política de catalán necesaria para ser candidato en las elecciones autonómicas.
Ciudadanos basaba su argumento en el artículo 7 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que establece que los candidatos a las elecciones autonómicas deben disfrutar de la condición política de catalán. Para cumplir con este requisito, es necesario estar inscrito en el censo electoral vigente, conforme a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
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