El Juzgado de Instrucción 21 de Barcelona ha decidido archivar de manera definitiva el caso que pesaba sobre Ada Colau, la exalcaldesa de la ciudad, así como sobre varios exintegrantes de su administración. Este proceso se centraba en supuestas irregularidades relacionadas con la entrega de subvenciones a organizaciones sociales, situación que fue denunciada por la Asociación para la Transparencia y la Calidad Democrática.
Según un auto del juez obtenido por Europa Press, no se ha encontrado ninguna evidencia que sugiera la implicación de Colau en los delitos que se le atribuían. En concreto, el juez señala que no se ha demostrado que ella haya emitido resoluciones de forma arbitraria en la concesión de subvenciones, siendo consciente de su injusticia.
Además, el magistrado argumenta que la elección del procedimiento administrativo utilizado para otorgar las subvenciones, así como el hecho de que las organizaciones beneficiarias tuvieran alguna relación con Colau antes de que asumiera el cargo, son aspectos que deberían someterse, en todo caso, al ámbito contencioso-administrativo y no penal.
El juez también destaca que la concesión de fondos públicos, siempre que se realice bajo el marco legal establecido y con las debidas garantías, no debería considerarse un delito, incluso si se trata de entidades que comparten la misma visión política de la que ocupa un cargo público. Esta postura está respaldada por el hecho de que estas organizaciones ya habían recibido subvenciones en el pasado.
En febrero, el magistrado había desestimado la solicitud de la asociación que pretendía prorrogar la fase de instrucción del caso, en respuesta a la cual los demandantes habían apelado a un primer sobreseimiento de las investigaciones vinculadas a delitos como la prevaricación o la malversación.
Cabe recordar que en noviembre de 2022, la Audiencia de Barcelona había dictaminado la reapertura de la investigación. Sin embargo, las pruebas adicionales solicitadas por los demandantes fueron rechazadas por el Juzgado en el auto de archivo emitido en febrero de 2025, asegurando que estas propuestas estaban orientadas a reexaminar cuestiones ya evaluadas y se asemejaban a una investigación prospectiva, lo cual está prohibido por la legislación penal vigente.
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