Crónica Cataluña.

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Llarena rechaza amnistía para Puigdemont y exmiembros del 'procés'

Llarena rechaza amnistía para Puigdemont y exmiembros del 'procés'

El magistrado instructor del 'procés', Pablo Llarena, ha desestimado los recursos de reforma presentados por Carles Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig, así como por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, en contra de su decisión de no aplicar la ley de amnistía al delito de malversación por el que están siendo procesados.

El pasado junio, Llarena decidió no aplicar la amnistía a la malversación y planteó la posibilidad de cuestionar la constitucionalidad de extender el perdón a la desobediencia, también incluida en los cargos.

Los acusados alegaron que la amnistía solo excluye el enriquecimiento ilícito, argumentando que los gastos autorizados para el 'procés' no buscaban enriquecerse. Sin embargo, Llarena sostiene que la ley de amnistía abarca cualquier beneficio derivado de fondos públicos, incluso si no aumenta materialmente la riqueza del sujeto.

El magistrado ejemplifica cómo el enriquecimiento personal puede aplicarse a situaciones como pagar con dinero público eventos personales o gastos domésticos. Aclara que el beneficio obtenido debe revertir en interés del sujeto activo, aunque exista una relación cercana con funciones públicas.

Llarena recalca que el uso de fondos públicos realizado por los acusados fue ilegal y no estaba relacionado con sus responsabilidades gubernamentales en Cataluña.

Por otra parte, Llarena critica la postura del fiscal general del Estado sobre la predictibilidad de la ley, afirmando que la norma no debe favorecer a procesados que buscan la impunidad. Además, rechaza el voto particular de la magistrada Ana Ferrer, argumentando que en más de 200 años de jurisprudencia no existe precedente de tratamientos penales diferentes para distintos tipos de enriquecimiento ilícito.

Llarena también explica por qué la decisión del TSJC de amnistiar a Miquel Buch y a un escolta no entra en conflicto con la del Tribunal Supremo. En este caso, los fondos públicos se destinaron a proteger a un tercero, por lo que el enriquecimiento no fue personal y, por lo tanto, amnistiable.

Finalmente, Llarena desestima el recurso de Vox y coincide con Marta Rovira de ERC en que el archivo de su causa por desobediencia debe ser resuelto por la Sala de lo Penal.

Los recursos rechazados pasarán directamente a la Sala de Apelación tras la decisión de Llarena.