El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha admitido a trámite la demanda presentada por el exvicepresidente del Parlament Josep Costa en relación a la causa por presunta desobediencia contra los miembros independentistas de la Mesa, presidida por el actual conseller Roger Torrent, quienes finalmente fueron absueltos.
Según la demanda, Costa alega que durante 2019 fue víctima de una continua coacción por parte del Gobierno español y del Tribunal Constitucional (TC), quienes intentaron imponer la prohibición de cualquier debate parlamentario sobre la monarquía y la autodeterminación de Cataluña. Esta información ha sido revelada por 'Vilaweb'.
Actualmente, el tribunal ha trasladado la admisión de la demanda a España, quien deberá responder al TEDH respecto a las preguntas sobre los hechos denunciados por Costa y sus derechos fundamentales.
En el escrito presentado, se argumenta que el caso contra los exmiembros de la Mesa es ilegal y se considera que la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) al admitir la querella de la Fiscalía "omitió completamente cualquier referencia a la inviolabilidad parlamentaria", que, según Costa, impediría la admisión de la querella debido a su condición de aforado del Parlament.
El escrito también menciona que se presentaron recursos contra la admisión de Vox como acusación popular en el caso y se recusó a dos jueces de la causa, el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, y Carlos Ramos. Sin embargo, la instructora ha rechazado todos los recursos e incidentes de una manera claramente arbitraria, aplicando interpretaciones absurdas o forzadas.
La demanda de Costa también señala que denunció dilaciones indebidas para resolver las medidas cautelares urgentes que solicitó después de ser detenido por no acudir a una citación judicial. Además, critica la rápida desestimación de su recurso de amparo ante el TC, alegando violación del derecho a un juez imparcial y a un juicio prematuro, argumento que fue rechazado al considerar que no estaba amparado por la inviolabilidad parlamentaria.