
La Fundació Arrels ha manifestado su intención de apelar la reciente decisión del tribunal que ha absolvido al agente de la Guàrdia Urbana de Barcelona involucrado en un incidente ocurrido en noviembre de 2020, en el que disparó contra un hombre sin hogar.
La Audiencia de Barcelona tomó la decisión de exonerar al policía tras considerar que la Fundació Arrels no tenía la legitimidad para presentar una acusación en su contra durante el juicio que debía llevarse a cabo en la sección segunda. Este juicio estaba programado para comenzar el miércoles.
En el debate sobre la validez de la intervención de Arrels, la defensa del agente sostuvo que la fundación carecía de los derechos necesarios para actuar en calidad de acusación popular, ya que la Fiscalía no había presentado cargos contra el policía. La Fiscalía, de hecho, solicitó la absolución del hombre sin hogar, sugiriendo en cambio que fuera detenido en un centro médico debido a su condición de salud mental, que incluye un trastorno delirante crónico y esquizofrenia.
La defensa argumentó que para mantener un juicio es fundamental que al menos una de las partes legitimadas para la acción penal -la Fiscalía o la víctima- esté presente. Afirmaron que el hombre sin hogar, al encontrarse fuera del alcance de la justicia, no tenía la capacidad de autorizarlos para actuar en su nombre, lo que llevó a solicitar la expulsión de Arrels del proceso judicial.
Además, la defensa enfatizó que los cargos presentados en el juicio inicial eran por lesiones, y no por tentativa de homicidio como demandaba Arrels, lo cual, a su juicio, infringe el principio acusatorio y el derecho a una defensa justa del policía.
La Fiscalía respaldó en parte la postura de la defensa, señalando que la falta de legitimación de Arrels había sido discutida en instancias anteriores y que la decisión de la Audiencia de Barcelona para permitir la intervención de la fundación había sido cuestionada. Sin embargo, la abogada de Arrels, Eva Hobeich, pidió que se considere la declaración del hombre sin hogar durante la fase de instrucción, dado que no se encontraba disponible para ser localizado.
Tras deliberar, el tribunal determinó que no había pruebas suficientes que demostraran que el hombre sin hogar había otorgado permiso a Arrels para presentarse como acusación, ya que no se encontró documentación que lo confirmara. La única documentación presentada por la defensa no era suficiente para justificar su intervención como parte acusadora.
A pesar de que se mencionó la posibilidad de aceptar una autorización tácita por parte del hombre sin hogar, el tribunal consideró que no había evidencia de un comportamiento activo que indicara su consentimiento. De esta manera, se decidió absolver al policía de los cargos formulados en su contra.
La representante legal de la Fundació Arrels expresó su descontento con la decisión del tribunal, indicando que recurrirán la sentencia. Manifestó que la imposibilidad de llevar a cabo un juicio para evaluar la proporcionalidad del uso de la fuerza en esta situación es un gran defecto del proceso.
Asimismo, resaltó que las personas sin hogar enfrentan dificultades adicionales para recibir notificaciones legales, lo que sugiere que la interpretación del tribunal es excesivamente restrictiva y va en contra del acceso a la justicia.
El incidente en cuestión tuvo lugar el 21 de noviembre de 2020, cuando el hombre sin hogar bloqueaba la entrada de un edificio en el Passeig Sant Joan. Cuando la Guàrdia Urbana fue llamada por los vecinos, los agentes intentaron pedirle que despejara el área. Sin embargo, el hombre se volvió hacia ellos empuñando un cuchillo, lo que llevó a uno de los policías a efectuar un disparo de advertencia y, al no detenerse, a dispararle en la pierna, causándole una herida grave.
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