El Tribunal Supremo evaluará el 10 de marzo el recurso de Puigdemont contra la decisión de Llarena sobre su amnistía.

En una decisión que ha generado gran expectación, el Tribunal Supremo (TS) ha programado una vista pública para el 10 de marzo a las 10.30 horas, debido a los recursos de apelación presentados por el ex presidente de Cataluña Carles Puigdemont y los ex consejeros Antoni Comín y Lluís Puig contra la negación de amnistía por parte del magistrado instructor del 'procés', Pablo Llarena, informaron fuentes jurídicas a Europa Press.
En julio pasado, Llarena rechazó la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que están acusados, y sugirió la posibilidad de plantear una cuestión de inconstitucionalidad acerca de si el perdón debía también cubrir la responsabilidad derivada del delito de desobediencia, el cual también se les imputa.
La defensa de Puigdemont presentó un recurso en reforma solicitando a Llarena que reconsiderara su postura, pero el magistrado se mantuvo firme en septiembre, por lo que tanto el líder independentista como sus ex consejeros llevaron el caso a la Sala de Apelaciones, solicitando una vista oral previa a la resolución.
La Sala de Apelaciones, integrada por los magistrados Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo, accedió a esta petición y ha fijado la audiencia para el 10 de marzo a las 10.30 horas. En esta instancia, la defensa y las otras partes involucradas, como la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular de Vox, tendrán la oportunidad de exponer sus argumentos al tribunal.
En el recurso de apelación, la defensa de Puigdemont, liderada por el abogado penalista Gonzalo Boye, hizo hincapié en que Llarena no concedió la amnistía por observar un "propósito de enriquecimiento" en los hechos relacionados con el referéndum ilegal de octubre de 2017, considerado una excepción que impide la condonación del delito de malversación según la ley.
Para Llarena, el enriquecimiento se refiere a cualquier beneficio que haya requerido el pago de una contraprestación económica, incluso si no aumenta directamente el patrimonio del individuo. El magistrado ilustró esto mencionando casos como financiar una boda con fondos públicos.
Por su parte, Puigdemont argumentó que esta interpretación es "absurda" y se basa en una comprensión "arbitraria" del concepto de enriquecimiento usado en la ley de amnistía. Para Boye, el enriquecimiento debe ser visto de manera "literal y restringida", como un aumento material tangible y directo de la riqueza personal derivado de desviar recursos públicos.
Boye también criticó los ejemplos utilizados por Llarena, indicando que no se puede comparar la búsqueda de un objetivo político con el uso de fondos públicos para fines personales como un viaje o una boda.
En cuanto al argumento de Llarena sobre el posible impacto en los intereses financieros de la Unión Europea si Cataluña se independizara, Puigdemont lo consideró "especulativo" y afirmó que no se ha demostrado un daño directo y concreto en este sentido. La defensa también mencionó que ninguna institución de la UE se ha manifestado al respecto en todos estos años.
En resumen, la vista pública del 10 de marzo será clave para dilucidar si Puigdemont y sus ex consejeros pueden beneficiarse de la amnistía, en medio de disputas legales y argumentos jurídicos que marcarán un hito en el proceso judicial en curso.
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